Cuales son tus derechos
Tus derechos como ciudadano.
En actos de molestia a cargo e la policía.
Todos las personas por el simple hecho de serlo TENEMOS DERECHOS en esta sección encontrarás los principales derechos que todas las personas tenemos ante cualquier acto de autoridad realizado por la policía.
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Tus principales derechos son:
Si enfrentas o eres sujeto de un acto de autoridad a cargo de la policía, te sugerimos seguir las indicaciones que recibas, si crees o percibes que se trata de un auto abusivo, violatorio, incomodo o irregular, no opongas resistencia, puedes resultar lesionado, coopera y una vez superado podrás iniciar distintas acciones legales asesorado por un especialista. Lo podrás encontrar en nuestra sección “Directorio Especialistas”
De acuerdo con la Constitución,
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos , el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.
Constitución Artículo 7o. Es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede impedir este derecho por ningún medio tale como abuso policial.
Constitución Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público
Constitución Artículo 10. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio (NO PORTARLAS), para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva.
Toda persona tiene derecho a transitar libremente por la República Mexicana, respetando las restricciones que impongan las leyes, como migración, secretaria de salud, etc.
Nadie puede ser privado de su libertad, de su propiedad o posesiones si no es por una orden judicial o por una disposición legal (ley) que así lo autorice.
Constitución Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
La policía puede ingresar a un domicilio particular si recibe la autorización de quien legalmente tenga la posesión o la propiedad del mismo, o si hay un riesgo real e inminente de que la persona que se encuentra en su interior representa un riesgo real a la salud de si mismo, de la comunidad o de la misma policía, o con una orden de cateo.
Nadie puede hacerse justicia por mano propia y todos tenemos derecho al acceso a la justicia a través de las instancias y autoridades competentes.
Un policía puede inspeccionar a una persona si existe una sospecha fundada que ha intervenido en la probable comisión de un delito.
Un policía puede registrar a una persona si existe un señalamiento o una sospecha fundada que ha intervenido en la probable comisión de un delito.
Un policía puede registrar un vehículo si existe un señalamiento o una sospecha fundada que ha intervenido en la probable comisión de un delito.
Una comunicación realizada por cualquier medio electrónico puede ser aportada por cualquiera de sus intervinientes, en caso contrario, se requiera una autorización judicial para su intervención.
Es ilegal la solicitud que hace un agente del orden para revisar o requisar (quitar) un teléfono celular, solo es legal si hay una detención por una conducta delictiva en flagrancia.
Una orden de cateo debe ser expedida por un juez, sin ella la policía no pude catear un domicilio particular.
La toma de muestras de fluidos corporales, de sangre, de cabello, de saliva pueden ser aportadas de forma voluntaria por la persona de quien se deban obtener y en caso de negativa, deben ser expedidas y autorizadas por un juez.
Recuerda que los agentes del orden público cuentan con facultades legales de “uso de fuerza” para el cumplimiento de su deber, trata siempre de cooperar con ellos, recuerda que quien nada debe nada debe temer, estando siempre pendiente de sus actuaciones, si consideras que su actuación trasgredió tus derechos puedes iniciar diversas acciones legales en su contra desde sanciones administrativas, hasta denuncias penales, si necesitas un abogado especializado en nuestra sección “Directorio Especialistas” lo encontrarás.
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