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Justicia Federal

Medios de Impugnación.

Amparo Directo e Indirecto

En materia de amparo (Directo e Indirecto) solo existen 3   MEDIOS DE IMPUGNACIÓN para combatir las resoluciones dictadas por los Juzgados Federales, como por los Tribunales Colegiados de Circuito y los Tribunales Colegiados de Apelación (Antes Unitarios de Circuito). Recurso de Revisión; Recurso de Queja y Recurso de Reclamación. Existe el Recurso de Inconformidad pero solo es en ejecución de sentencia 

RECURSO DE REVISIÓN

(Art. 81 Ley de Amparo)

Tiempo de interposición 5 días

  • Contra las que concedan o nieguen la suspensión definitiva.
  • Las que modifiquen o revoquen el acuerdo donde se otorgue o niegue la suspensión definitiva.
  • Las que decidan sobre el incidente de reposición de autos.
  • Las que declaren sobreseimiento fuera de la audiencia constitucional.
  • Las sentencias dictadas en la audiencia constitucional.

 

Solo en los casos de sentencias que resuelvan sobre constitucionalidad de normas generales

RECURSO DE QUEJA

Art. 97 Ley de amparo.

Tiempo de interposición 5 días, de 2 días cuando se trata de suspensión y cualquier tiempo en caso de desechamiento.

  • Las que admitan, desechen o tengan por no presentada la demanda.
  • Concedan o nieguen suspensión de plano o provisional.
  • Sobre admisión de fianzas.
  • Las que reconozcan o nieguen el carácter de tercero interesado.
  • Las que se dicten durante la tramitación del juicio y puedan causar daños irreparables.
  • Las que se dicten en incidente de reparación de daños y perjuicios.
  • Las que resuelvan sobre incidente de exceso o defecto en el cumplimiento de la suspensión provisional o definitiva.
  • Las que se dicten en el incidente de cumplimiento sustituto de las sentencias de amparo.
  • Cuando se omita tramitar la demanda de amparo.
  • Cuando no se provea sobre la suspensión, rehúse fianza y/o contrafianza.
  •  Contra la resolución que decida el incidente de reclamación de daños y perjuicios.
  • Cuando se niegue al quejoso su libertad causional.

RECURSO DE RECLAMACIÓN

(Art. 104 Ley de Amparo)

Tiempo de interposición 3 días

RECURSO DE INCONFORMIDAD

Art. 201 Ley de amparo.

Tiempo de interposición 15 días

  • Contra resoluciones que tengan por cumplida la ejecutoria de amparo.
  • Declaren la imposibilidad material o jurídica para cumplir la misma u ordenen su archivo definitivo.
  • Declaren sin materia e infundada la denuncia de repetición del acto reclamado
  • Declaren infundada o improcedente la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad.

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